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1.- Denominación de los cursos y titulación

Las enseñanzas de idiomas se articulan en tres niveles: básico, intermedio y avanzado. Estos niveles se corresponden a las competencias propias de los niveles A2, B1 y B2 definidos en el Marco común europeo de referencia para las lenguas, organizándose en dos cursos cada uno.

Al término de cada uno de los niveles es posible obtener un Certificado superando una prueba específica común en el ámbito de la Comunidad de Madrid (Pruebas de certificación). Estos certificados surten efecto en todo el territorio nacional.

PLAN DE ESTUDIOS VIGENTE
NIVELES CURSOS TITULACIÓN
NIVEL BÁSICO (A2) NIVEL BÁSICO 1 (NB1) CERTIFICADO DE NIVEL BÁSICO (A2)
NIVEL BÁSICO 2 (NB2)
NIVEL INTERMEDIO (B1) NIVEL INTERMEDIO 1 (NI1) CERTIFICADO DE NIVEL INTERMEDIO (B1)
NIVEL INTERMEDIO 2 (NI2)
NIVEL AVANZADO (B2) NIVEL AVANZADO 1 (NA1) CERTIFICADO DE NIVEL AVANZADO (B2)
NIVEL AVANZADO 2 (NA2)

Consulte PLAN DE ESTUDIOS

2.- Modalidades de matrícula

La admisión de alumnos en las Escuelas Oficiales de Idiomas situadas en el ámbito territorial de gestión de la Comunidad de Madrid está regulada por la normativa en vigor: artículos 9 y 10 del Decreto 31/2007, de 14 de junio (BOCM DE 22 de junio de 2007), y apartados segundo y quinto de la Orden 3661/2007, de 6 de julio (BOCM de 16 de julio de 2007).

Oficial presencial Derecho a clase Derecho a exámenes
Oficial a distancia (sólo That's English) Tutorías Derecho a exámenes
Libre   Derecho a exámenes

a) Enseñanza presencial (Alumnos oficiales)

En la EOI de Las Rozas se imparten los siguientes idiomas: alemán, francés, inglés e italiano (cursos anuales con horarios de mañana y tarde, en días alternos lunes y miércoles o martes y jueves), y español para extranjeros (cursos cuatrimestrales con horarios de mañana y asistencia diaria). El calendario escolar se entrega a los alumnos a principios de curso junto con las demás instrucciones sobre el año académico que va a empezar.

En el centro se lleva un control de la asistencia a clase. En caso de no cumplir con el mínimo de asistencia requerido (70%) el alumno pierde la oficialidad para el curso siguiente, pero no pierde el derecho a presentarse a examen. El alumno que habiendo perdido la oficialidad por faltas de asistencia quisiera continuar los estudios en la EOI de Las Rozas o en cualquier otra Escuela Oficial de Idiomas, deberá realizar solicitud de plaza como alumno de nuevo ingreso para el curso en el que deseara proseguir los estudios. Pulse aquí para más información.

Si desea matricularse en nuestra escuela CONSULTE LA INFORMACIÓN ESPECÍFICA EN Solicitud de plaza

b) Enseñanza no presencial (Alumnos libres)

El alumno se matricula con la finalidad de realizar las pruebas para obtener una certificación oficial. Las pruebas se realizarán en única convocatoria en el mes de septiembre, en los días y horas fijados por la Consejería de Educación en el ambito territorial de la Comunidad de Madrid. Más información en Pruebas de certificación y Preinscripción y Matriculación alumnos libres.


c) Enseñanza a distancia (Alumnos That's English)

Esta modalidad solo existe para el idioma inglés a través del programa That's English. Está basada en el trabajo individual del alumno apoyándose en los programas televisivos y materiales audiovisuales que se le facilitan. Además los alumnos cuentan con apoyo tutorial presencial una vez a la semana. Para más información consulte THAT'S ENGLISH.

Sólo está permitido efectuar una modalidad de matrícula (oficial presencial, oficial a distancia o libre) del mismo idioma y en el mismo curso académico.

3.- Requisitos de admisión

  • Para acceder a las Escuelas Oficiales de Idiomas será requisito imprescindible tener dieciséis años cumplidos en el año en que comiencen los estudios.
  • Los solicitantes de 14 y 15 años, cumplidos en el año natural en el que se formaliza la matrícula, deben reunir además estos requisitos:
    • Deben tener 2º de la ESO aprobado en la fecha de la formalización de la matrícula (septiembre).
    • No pueden cursar el mismo idioma que estudian como 1ª lengua extranjera en la ESO.
  • Los solicitantes menores de edad deberán aportar los datos personales del padre, madre o tutor, que se incluirán en su expediente.
  • Los solicitantes extranjeros, además de los requisitos anteriores, deberán estar en posesión del NIE ó Pasaporte.
  • Los solicitantes que deseen estudiar un idioma que sea el oficial de su nacionalidad deberán atenerse a la normativa vigente que rige el procedimiento de admisión de alumnos oficiales y libres respectivamente.

Además

  • En el momento de formalizar la matrícula o cuando se especifique en el procedimiento, es preciso presentar toda la documentación.
  • Cualquier persona, mediante autorización escrita y fotocopia del DNI del interesado, puede efectuar los trámites de matrícula en lugar de éste.
  • La matrícula es intransferible, tanto de una persona a otra, como de un idioma a otro. No está permitido matricularse en cursos distintos de un mismo idioma en la misma o en diferentes escuelas.

LA FORMALIZACIÓN DE LA MATRÍCULA SE CONSIDERA DEFINITIVA CUANDO EL ALUMNO ENTREGA EN LA SECRETARÍA DEL CENTRO EL JUSTIFICANTE DE PAGO DE LAS TASAS DE MATRÍCULA Y TODA LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA.

4. Acceso a cursos y niveles

Para acceder a un curso superior al Nivel Básico 1, será imprescindible al menos una de las opciones siguientes:

  • Haber realizado prueba de clasificación, en ésta o en cualquier EOI, en el mismo curso académico para el que se solicita la plaza.
  • Tener algún curso aprobado en ésta o cualquier Escuela Oficial de Idiomas del territorio español, ya sea en modalidad de enseñanza oficial o libre. Si se trata de cursos aprobados del plan antiguo, el alumno puede acceder a las nuevas enseñanzas mediante prueba de clasificación si considera que ha transcurrido demasiado tiempo desde que superó esos cursos.
En caso de que quiera proseguir estudios a partir del último curso aprobado en el plan antiguo, consulte en la Secretaría del Centro la equivalencia con el plan actual.
  • Estar en posesión del título de Bachiller, el cual habilita para acceder directamente al Nivel Intermedio 1 de la primera lengua extranjera cursada en el Bachillerato. Para ello es preciso presentar original y fotocopia del libro de bachillerato donde conste el idioma que ha estudiado o certificación expedida por el Centro de enseñanza secundaria donde cursó el bachillerato. Sin embargo, se aconseja una prueba de clasificación para determinar sus conocimientos actuales y así ser asignado al nivel más adecuado, especialmente si ha transcurrido un cierto tiempo desde que acabó el Bachillerato.
  • Estar en posesión del diploma de Nivel Básico (A2) o Nivel Intermedio (B1) de Idiomas expedidos por la UNED a través del Centro Universitario de Idiomas a Distancia (CUID), que permitirán el acceso al Nivel Intermedio 1 y Nivel Avanzado 1 respectivamente (Según Acuerdo de 2 de marzo de 2008 de colaboración del MEC con la UNED, para acceso a las EEOOII de todo el territorio nacional).
  • Los Diplomas de español, expedidos por el Instituto Cervantes (IC), de nivel A2 y nivel B1 darán derecho, respectivamente, al nivel Intermedio y al nivel Avanzado de español de las EEOOII. (Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero, Disposición Adicional primera)